Llego multa en ruta 2

Publicado por pablop, Abril 27, 2010, 10:03:10 AM

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Napo

Cita de: luchi sport en Mayo 18, 2010, 20:33:03 PM
jajjaja no te calentes q ami me la hicieron x ir a 66 km/h donde se podia ir a 60 jajajja y me dolio 500p
N
No estas en el 10% de margen de exceso? Osea que podes ir un 10% mas de la maxima es decir a 66 km como dijiste que ibas.
Tan ólo imagina que vas en tu BMW o Mercedes y que en un semáforo se te empareja un tipo en un humilde Clio Sport y te reta a un arrancón, seguramente te ríes y estas seguro de que no te va a ver ni el polvo, pero recuerda,las apariencias engañan

R

eduytito


arulo28

si a mi me llego una en mar de ajo por ir a 71.7 km/h en donde se permitia solo 60 km/h ensima si quiero hacer un descargo u algo tengo q esperar a la fecha de vencimiento y q me citen en bs as para una audiencia.
costo pago voluntario 260 pesos
costo pasajes a bs as ida y vuelta 600 pesos

pd: acomerla y pagar los 260 y bien calladito
disfrutando del rombo

Gastoon

Cita de: Walter1.6Sport en Mayo 18, 2010, 18:27:50 PM
Creo que si en tres meses no fuiste notificado de la infraccion, esta pierde efecto.

osea que ya safe?

o todavia me falta?


Never drive faster than your guardian angel can fly

Walter1.6Sport

#34
LEY 13927

ARTICULO 28.- CONTROL DE INFRACCIONES. Para el control de velocidad y otras infracciones establecidas en la presente Ley en zonas urbanas o rurales, se implementará el uso de instrumentos cinemómetros y otros equipos o sistemas automáticos o semiautomáticos o manuales, fotográficos o no, fijos o móviles, cuya información no pueda ser alterada manualmente.

Todo instrumento o sistema a utilizar en tal sentido, deberá ser homologado por los organismos nacionales o provinciales con competencia en el área, conforme lo determine la reglamentación. El Registro Único de Infractores de Tránsito será quien autorice el uso de todos estos dispositivos en jurisdicción provincial y municipal.

No podrán privatizarse ni concesionarse, las acciones vinculadas al contralor directo de las infracciones, las cuales quedarán a cargo exclusivamente de las autoridades establecidas en la presente Ley;

Las personas que utilicen los mismos o labren infracciones con dichos equipos, deberán ser funcionarios públicos.

La Autoridad de Aplicación para el sistema de control de velocidades será el Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno, que podrá delegar en otras autoridades provinciales de constatación la operación de los equipos móviles. Del mismo modo, y para el cumplimiento de tales fines, podrá celebrar convenios de colaboración con organismos nacionales competentes en la materia.

Toda infracción que se detecte en la vía pública, excepto que sea obtenida a través de instrumentos cinemómetros fijos automáticos, deberá ser notificada o puesta en conocimiento del infractor a una distancia no superior a diez (10) kilómetros de ocurrido el hecho, siempre que las circunstancias así lo permitan, a efectos de dar cumplimiento a la cesación de la falta.

El operativo de control se efectuará a distancias seguras y adecuadas para garantizar detenciones efectivas y sin riesgos, y de modo tal de no entorpecer la fluidez y confortabilidad de la circulación ni provocar de cualquier modo situaciones de inseguridad vial. A tal fin deberá señalizarse y balizarse correctamente, tanto el sector donde se efectuara la detención como aquel anterior, en el cual se procede a la constatación de la infracción.

El despacho de la notificación postal al presunto infractor de toda infracción que sea obtenida a través de instrumentos cinemómetros fijos automáticos, deberá ser realizada en un lapso no mayor a sesenta (60) días hábiles de la fecha de su comisión. Para el caso de no efectuarse la notificación en el plazo establecido precedentemente quedará operada de pleno derecho la caducidad de la acción por dicha infracción.

Las Autoridades Municipales deberán contar con autorización previa del Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno, y para el caso de corresponder con los organismos nacionales competentes, para la instalación y uso de instrumentos cinemómetros automáticos o semiautomáticos, fijos o móviles en rutas nacionales o provinciales, caminos, autopistas, autovías o semiautopistas, que atraviesen el ejido urbano. A tales fines, se deberán suscribir los convenios previstos en el artículo 42Ã,º. El Ministerio mencionado mantendrá actualizado un registro de proveedores autorizados de tecnología de instrumentos cinemómetros y otros equipos o sistemas automáticos o semiautomáticos o manuales, fotográficos o no, fijos o móviles, cuya información no pueda ser alterada manualmente, de constatación de infracciones que puedan operar en las jurisdicciones provinciales.


eduytito

El TEMA en eso de los DIAS HABILES esta si cuando empieza a vencer? Una vez que te llego la carta a tu casa? O cuando salio DEL DESPACHO DONDE FUE ARMADA LA CARTA?

Mira si los 60 dias pasaron cuando llego a tus manos la carta, pero la carta fue enviada a tu casa 10 dias ANTES de llegar a los 60 dias HABILES?

Ahi que pasaria....cual es la que va?

Julieta

Cita de: eduytito en Mayo 18, 2010, 23:35:03 PM
El TEMA en eso de los DIAS HABILES esta si cuando empieza a vencer? Una vez que te llego la carta a tu casa? O cuando salio DEL DESPACHO DONDE FUE ARMADA LA CARTA?

Mira si los 60 dias pasaron cuando llego a tus manos la carta, pero la carta fue enviada a tu casa 10 dias ANTES de llegar a los 60 dias HABILES?

Ahi que pasaria....cual es la que va?

Aflojá con las preguntas Edu... de nuevo no.

die25

Cita de: eduytito en Mayo 18, 2010, 23:35:03 PM
El TEMA en eso de los DIAS HABILES esta si cuando empieza a vencer? Una vez que te llego la carta a tu casa? O cuando salio DEL DESPACHO DONDE FUE ARMADA LA CARTA?

Mira si los 60 dias pasaron cuando llego a tus manos la carta, pero la carta fue enviada a tu casa 10 dias ANTES de llegar a los 60 dias HABILES?

Ahi que pasaria....cual es la que va?

Los 60 dias corren hasta la fecha de emision de la multa, yo por 4 dias no pude hacer reclamo, estaba dentro de los 60 dias habiles.

cokemdq

Dice "el despacho", osea el sello o estampilla del correo debe ser colocado como maximo a los 60 dias habiles, si a vos te llega despues es tema del correo.
Otra cosa que no se aclara que la notificacion debe ser fehaciente, si no firmaste nada no estas notificado, y si no te notifican no podes defenderte si uno no tiene derecho a defensa la sancion es invalida.

Son unos recaudadores si queren que la gente no se mate dejen de poner radares a 60km y pongan radares a 120km cada 10 km y listo.

Saludos

Walter1.6Sport

Si alguno tiene varias multas, aca hay un grupo de abogados que encontraron el negocio.

http://www.multasdetransito.com.ar/

Costos del servicio


Los honorarios por las Defensas para Multas de Tránsito, se componen de un monto fijo por asesoramiento y asistencia, con mas un honorario de  éxito del 30 % del resultante de la diferencia entre lo reclamado por el ente estatal y lo abonado.

Para todos aquellos clientes de nuestro SAPP 24 hs (Servicio de Asistencia Penal Primaria 24 hs - www.iezzivarone.com) el honorario a abonar será  de un 20 % de dicho monto




chechek

Falta el mio, recien me llegó una de entre rios el monto es de 594$ y dice "se lo multa por una posible infracción de exceso de velocidad" dice lugar, hora pero no dice velocidad excedida y tampoco tiene foto para certificar q cometi la ionfracción, es un acta labrada por la policia de entre rios sobre ruta 14

R   1   3   5
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Gastoon

Cita de: chechek en Mayo 19, 2010, 13:06:35 PM
Falta el mio, recien me llegó una de entre rios el monto es de 594$ y dice "se lo multa por una posible infracción de exceso de velocidad" dice lugar, hora pero no dice velocidad excedida y tampoco tiene foto para certificar q cometi la ionfracción, es un acta labrada por la policia de entre rios sobre ruta 14

es JODA O QUE? QUE PAIS DE mierd@ POR DIOS

osea EL CANA SUPONE QUE VOS IBAS ARAPIDO O IBAS A IR RAPIDO POR ESO TE LA PONE?

Hace uso de tu poder Dani y bajalo de un escopetazo

esta mas que claro que tenes q ir al juez de faltas y presentar esta burrada no? asi OBVIAMENTE
no pagas nada


Never drive faster than your guardian angel can fly

sanseverino

jajaja,, a mi me llegu una en la que andaba a 35 y la maxima era 20!!!!,,, en herrera, una calle en bajada por donde pasan 4 lineas de bondi, minimo,  camieones,,,,es una bosta,,,,

SASA

NicoRN

#43
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alecapu716

Que temon este de las multas..en la ruta 2 una sola vez pase en exceso de velocidad ahi en vidal....y aun no me llego nada..espero que nunca llegue...era de noche capas no andaba la camara..nosep..
Al que origino todo esto...pregunta...Cuando se supone que cometiste tu infraccion y en que fecha te llego?...para tener una idea aprox del plazo que tarda en despacharse vio!.

Muchachos...a usar GPS a full en rutas,salva muchas veces,doy fe! y en la ciudad tambien...y a andar con mil ojos viendo camionetitas...no olvidemos que estos gobiernos...tanto a nivel provincial,municipal y nacional son extremadamente recaudatorios...y macri ahora en capital...peor!!!

Es tremendouno deberia ir en la ruta disfrutando del paisaje,atento al transito ycualquier maniobra extraña....y termina teniendo mas cuidado de una camara,un botonn o una camionetita....tristisimo!

Salute! y ya saben...por lo menos peinense pa la foto jajajaj
ex Rsi 1.8i ... el Muy Rutero

Actual R-12 inmortal