Buenas gente,
Viendo la planilla de vacaciones de donde laburo, tomaron las quincenas del 1 al 15. Si bien el año pasado empezaban un lunes, este año pueden empezar un jueves y tener que volver un viernes por ejemplo.
Se que en muchos lados, las quincenas de alquiler son del 1 al 15 y quiza por eso toman estas hermosas decisiones. Pero eso va segun el dueño del lugar que alquile.
Ademas de todo esto, si se toman las quincenas asi, tendria un finde menos... osea dos dias menos. No es mucho pero suma para un viaje largo.
Soy empleado de comercio, y me fije en el convenio y no dice absolutamente nada.
http://www.intersindical.com/materias/page/contenido/01convenios/textoscompletos/EMPLEADOS%20DE%20COM%20ERCIO130%2075.htm
Alguien sabe si las vacaciones tienen que empezar un LUNES y volver un LUNES? o realmente LTA??
Saludos y gracias!
En teorÃa sÃ. Ahora vos estando en comercio no sé si habrá algo distinto. Aunque siempre SIEMPRE, se arregla con el jefe de onda.
Para ir a la legalidad, te dirÃa que va a ser mucho mas facil que llames al Sindicato directo. Dps contá que te dijeron.
Abrazo!!
Que yo sepa, se comienzan los lunes(o el siguiente dÃa hábil al lunes) por ley
Obvio que si lo hacés a "contramano" se te dificulta por el tema de alquileres, como vos nombrás. Eso si, son 14/21/30 dÃas de corrido, no hábiles como hacÃa un compa mio fgf fgf
PD: No se si sirve.. lo googlé y salió esto ^-^
http://www.espaciolaboris.com/utilidades/vacaciones/
Cita de: NicoOttaviano en Noviembre 30, 2012, 10:28:16 AM
Que yo sepa, se comienzan los lunes(o el siguiente dÃa hábil al lunes) por ley
Obvio que si lo hacés a "contramano" se te dificulta por el tema de alquileres, como vos nombrás. Eso si, son 14/21/30 dÃas de corrido, no hábiles como hacÃa un compa mio fgf fgf
PD: No se si sirve.. lo googlé y salió esto ^-^
http://www.espaciolaboris.com/utilidades/vacaciones/
Esto es muy bueno, lastima que no lo respalde ningun articulo y/o convenio.
Gracias!
Cita de: poyo en Noviembre 30, 2012, 10:22:31 AM
En teorÃa sÃ. Ahora vos estando en comercio no sé si habrá algo distinto. Aunque siempre SIEMPRE, se arregla con el jefe de onda.
Para ir a la legalidad, te dirÃa que va a ser mucho mas facil que llames al Sindicato directo. Dps contá que te dijeron.
Abrazo!!
Lo se poyito, pero ante la duda si el jefe se ortiba :-P
Hola che, la ley de contrato de trabajo dice que tenes que empezar un lunes o el primer dÃa hábil de la semana:
CitarArt. 151. â€"Requisitos para su goce. Comienzo de la licencia.
El trabajador, para tener derecho cada año al beneficio establecido en el artÃculo 150 de esta ley, deberá haber prestado servicios durante la mitad, como mÃnimo, de los dÃas hábiles comprendidos en el año calendario o aniversario respectivo.
A este efecto se comput@rán como hábiles los dÃas feriados en que el trabajador debiera normalmente prestar servicios.
La licencia comenzará en dÃa lunes o el siguiente hábil si aquél fuese feriado. Tratándose de trabajadores que presten servicios en dÃas inhábiles, las vacaciones deberán comenzar al dÃa siguiente a aquél en que el trabajador gozare del descanso semanal o el subsiguiente hábil si aquél fuese feriado.
Para gozar de este beneficio no se requerirá antigüedad mÃnima en el empleo.
Igual como te dijo Poyo, es mejor arreglar con tu jefe directo, después los libros se acomodan solos ;)
Cita de: El Zumba en Noviembre 30, 2012, 11:20:39 AM
Hola che, la ley de contrato de trabajo dice que tenes que empezar un lunes o el primer dÃa hábil de la semana:
Igual como te dijo Poyo, es mejor arreglar con tu jefe directo, después los libros se acomodan solos ;)
Joya!! De donde sacaste ese artÃculo??
Eso es relativo Diego, yo por ejemplo tengo 14 dias y los dividi 7 dias en febrero y los otro 7 es asi laburo hasta el jueves 28 de marzo viernes es feriado viernes santo despues lines y martes 1 y 2 de abril son feriados por lo que me qeuda asi
V/S/D/L/M/M/J/V/S/D/L/M haciendo un total de 12 dias ;) eso lo arregle directo con mi jefe y el se encargaba de ver el tema legal no se que onda pero en fin consultalo y fijate que onda
Cita de: Diego256 en Noviembre 30, 2012, 11:28:11 AM
Joya!! De donde sacaste ese artÃculo??
Uh, cerre la pagina, pero pone "ley contrato trabajo vacaciones" en google y salen mil!
Ley 20744, articulo 150 en adelante. Ahà dice que empezas Lunes si o si, siempre y cuando no sea feriado, porque si es asi, arrancaste un dÃa después. Con respecto a como te las den a vos, si tenes buena onda, lo arreglas con tu jefe y fue. A veces arreglas para arrancar un dia entre medio de la semana, pero eso lo pedis vos, no es que te lo asignan, ellos solo pueden asignarte para que arranques un lunes nada mas, no otro dia.
Abrazo
Legalmente se empieza si o si el lunes o el siguiente dÃa hábil.
Legalmente si tenes 14 dÃas te tenes que tomar los 14 corridos. No podes hacer 7 y 7.
De ahà en adelante podes charlar todo con tu empleador. Por lo general se llegan a acuerdos medianamente lógicos. Como por ejemplo si tenes 21 dÃas hacer 14 en verano y 7 en invierno
Es exactamente como dice Sael, Diego...
Legalmente empiezan un lunes o al siguiente dÃa hábil, ya sea martes o miércoles, si llegase a ser los 2 dÃas feriados como por ejemplo, ahora en diciembre con las fiestas...
Los dÃas son de corrido, no se pueden fraccionar... Todo esto hablando legalmente, después los laburos hacen lo que quieren y ya depende de nosotros y la relación que tenemos de hacerlo respetar o no...
No solo eso, tus vacaciones tienen que estar depositadas el ultimo dÃa hábil previo a tu salida de vacaciones, si no vos tenes el derecho de ir a trabajar al siguiente dia que te corresponda y se corren tus vacaciones cuando las cobres...
Siendo que si vos tenes hecha una reserva o boleto, pasaje,etc para viajar o hospedarte, con su debido comprobante te tienen que devolver ese dinero perdido, ya que tus vacaciones están firmadas y ellos sabÃan que ese dÃa vos tenias que tener tu plata...
Hay varias cosas para tener en cuenta... Pero son medias difÃciles de explicar por aca...
Si necesitas mas data mándame un mp que te sigo explicando o te paso mi tubo y hablamos 5 min. y lo vas a entender mucho mejor que por acá...
Saludos!
Javo...
Hola gente!
Si bien legalmente empiezan un lunes o al siguiente dÃa hábil, tengo entendido que hay excepciones. Por ejemplo, en mi caso, yo laburo 6x4 en turnos rotativos, y cuando me pido las vacas, se empiezan a contar desde mi primer dia laboral de rotación, sin importar el dÃa que caiga.
Eso está bien explicado en mi convenio de laburo, por eso. Creo que muchas veces depende del laburo que se haga y de los convenios/arreglos que se tengan.
Pero los que conozco que trabajan de lunes a viernes/sabado, siempren empezaron las vacas los lunes.
Es mas, mi viejo tiene casa en la costa, y la alquila por quincena, sin importar que dia caiga el cambio....
Slds!
Charly!
Cita de: krlos1982 en Diciembre 02, 2012, 01:56:36 AM
Hola gente!
Si bien legalmente empiezan un lunes o al siguiente dÃa hábil, tengo entendido que hay excepciones. Por ejemplo, en mi caso, yo laburo 6x4 en turnos rotativos, y cuando me pido las vacas, se empiezan a contar desde mi primer dia laboral de rotación, sin importar el dÃa que caiga.
Eso está bien explicado en mi convenio de laburo, por eso. Creo que muchas veces depende del laburo que se haga y de los convenios/arreglos que se tengan.
Pero los que conozco que trabajan de lunes a viernes/sabado, siempren empezaron las vacas los lunes.
Es mas, mi viejo tiene casa en la costa, y la alquila por quincena, sin importar que dia caiga el cambio....
Slds!
Charly!
Eso es si firmas un convenio de trabajo para con tu empresa, corre para ustedes básicamente.
Yo trabajo en comercio, por el estatuto del SEC las vacaciones nos las depositan el primer dia Hábil de nuestras vacaciones, la antiguedad para vacaciones se corta en Noviembre. Y si empiezan a correr de un lunes. Eso nos ecplico un dia un tipo que vino del sindicato.
Ahora yo pedi mis vacaciones para el 11 de febrero... pero empiezan a correr desde el dia 13 en realidad porque 11 y 12 son feriados de carnaval. y yo volveria a laburar un miercoles
Despues hay muchas cosas que van en la relacion que tiene la empresa con los empleados, a la mayoria le permiten tomars esus 21 dias corridos, pero a cierta gente no. Las fechas que te permiten tomarte por ejemplo, si vos pedis primera de enero, otra persona que cubre tu mismo puesto pide la misma, se la dan al que tenga mas antiguedad, pero si estuviste 2 meses de parte de enfermo o por A.R.T se las dan al otro que laburo todo el año y vos las tenes para despues. Y montones de cosas mas.